1 – ¿Qué se puede reclamar en un accidente de tráfico?
Si tienes un accidente de tráfico y la culpa la ha tenido un tercero, tienes derecho a reclamar una indemnización tanto por daños propios como materiales. Para solicitar esta indemnización, debes cumplir con ciertos requisitos y presentar un escrito a la aseguradora del responsable.
Aquí están los pasos que debes seguir para hacer la reclamación:
- Cumplir los requisitos:
El causante del accidente debe haber sido un tercero.
Debe existir algún tipo de daño que puedas reclamar.
Visitar a un médico en las 72 horas posteriores al accidente.
Estar dentro del plazo para reclamar los daños propios y materiales (según el artículo 7 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor).
Comunicar lo sucedido a tu aseguradora en un plazo máximo de una semana. - Preparar la documentación:
Informes médicos.
Facturas relacionadas con los daños materiales y personales (rehabilitación, arreglo del vehículo, etc.).
Si has estado de baja y te ha afectado al cobro total de tu nómina, tendrás que mostrar la renta del año pasado o tu contrato de trabajo para demostrar las horas totales de trabajo que no has cobrado.
El alta laboral.
El parte amistoso o el informe policial. - Enviar la documentación:
Envía toda la documentación junto con la reclamación a la compañía del responsable. Si el causante no está reconocido, la reclamación pasa al Consorcio de Compensación de Seguros.
Tu compañía se encargará de mantener el contacto con la otra aseguradora.
2 – ¿Qué se puede reclamar en un accidente laboral?
En caso de accidente laboral o enfermedad profesional , la persona trabajadora tiene derecho a reclamar una indemnización por los daños y perjuicios físicos, psíquicos o económicos. Esto es aplicable cuando existe negligencia o responsabilidad por parte de la empresa. A continuación, te proporciono información relevante sobre cómo proceder:
- Plazo para reclamar:
Según el artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores , el plazo para solicitar la indemnización es de un año desde que se pudo reclamar . Es crucial determinar cuándo se considera que se pudo reclamar y cuándo empieza a contar dicho año.
El plazo comienza cuando la persona trabajadora conoce el alcance de los daños personales y patrimoniales causados por el accidente o enfermedad laboral. No se puede reclamar mientras se recibe tratamiento médico (tiempo de curación). El plazo mínimo comienza desde el alta médica.
Para valorar las secuelas (limitaciones físicas, psíquicas o estéticas permanentes), también es necesario recibir el alta médica. - Tipos de indemnización:
Incapacidad Laboral Temporal: Durante la incapacidad laboral temporal, se tiene derecho a cobrar una prestación del 75% de la base reguladora del salario.
Lesiones Permanentes no Invalidantes: Si hay secuelas permanentes que no incapacitan para el trabajo, se indemniza según el baremo aplicable. - Vías para reclamar:
Incapacidad Laboral Temporal: Durante la incapacidad laboral temporal, se tiene derecho a cobrar una prestación del 75% de la base reguladora del salario.
Lesiones Permanentes no Invalidantes: Si hay secuelas permanentes que no incapacitan para el trabajo, se indemniza según el baremo aplicable.