En España, existen varios tipos de incapacidad laboral, cada uno con sus implicaciones y consecuencias específicas. A continuación, te presento los principales tipos:
- Incapacidad Temporal (IT):
Es una situación en la que el trabajador no puede realizar su trabajo temporalmente debido a enfermedad o accidente.
Durante la IT, el trabajador recibe una prestación económica por parte de la Seguridad Social.
Se clasifica en baja por enfermedad común, baja por accidente no laboral y baja por enfermedad profesional.
La cuantía de la prestación varía según el tipo de baja y se calcula en función de la base reguladora. - Incapacidad Permanente:
Es la situación en la que un trabajador no puede cumplir con sus funciones habituales de manera permanente debido a una enfermedad o accidente.
Se clasifica en varios grados:
Incapacidad Permanente Parcial: El trabajador tiene una disminución no inferior al 33% en el rendimiento para su profesión habitual.
Incapacidad Permanente Total: Inhabilita al trabajador para su profesión habitual pero le permite dedicarse a otra distinta.
Incapacidad Permanente Absoluta: Inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio.
Gran Invalidez: Cuando el trabajador necesita asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida. - Requisitos:
Dependiendo del grado de incapacidad, se exigen requisitos generales y de cotización.
Si la incapacidad deriva de accidente (sea o no de trabajo) o de enfermedad profesional, no se exigen cotizaciones previas. - Cuantía:
La prestación económica está determinada por la base reguladora y el porcentaje aplicado según el grado de incapacidad.
Varía según el tipo de incapacidad y se abona mensualmente.
Las pensiones por incapacidad permanente están sujetas al impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).